Los gobiernos de México y Estados Unidos activaron un esquema binacional para atender el saneamiento fronterizo en la región Tijuana–San Diego, tras la entrada en vigor del Acta 333 de la Comisión Internacional de Límites y Aguas, aprobada por ambas administraciones el 15 de diciembre de 2025.
El instrumento jurídico definió una estrategia integral para enfrentar una problemática histórica asociada a descargas de aguas residuales y sedimentos que afectaron de manera recurrente al río Tijuana y al océano Pacífico, con impactos ambientales y sanitarios en ambos lados de la frontera.
Entre las medidas acordadas se incluyó la construcción de nueva infraestructura de tratamiento y control de sedimentos en Tijuana, con el objetivo de reducir de forma sustancial la contaminación transfronteriza y proteger a las comunidades costeras de Baja California y California.
El acuerdo incorporó un enfoque de planeación hídrica de largo plazo mediante estudios técnicos y un plan maestro regional, diseñado para anticipar el crecimiento urbano, fortalecer la capacidad de tratamiento y evitar futuras contingencias asociadas al manejo de aguas residuales.
Un componente central del esquema fue la corresponsabilidad financiera asumida por Estados Unidos a través del Banco de Desarrollo de América del Norte, mecanismo que aseguró recursos para la operación y mantenimiento de la infraestructura instalada en territorio mexicano.
Este enfoque binacional reconoció que los efectos del saneamiento fronterizo trascendieron las fronteras políticas y exigieron soluciones compartidas, con compromisos técnicos, financieros y de gobernanza asumidos de manera conjunta.
El Acta 333 se vinculó directamente con el Memorando de Entendimiento firmado el 24 de julio de 2025 entre la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales de México y la Agencia de Protección Ambiental de Estados Unidos, el cual sentó las bases de cooperación técnica e institucional.
El Gobierno de México reafirmó que la agenda ambiental con Estados Unidos se sostuvo bajo principios de respeto mutuo y coordinación permanente, orientada a generar beneficios tangibles para las comunidades fronterizas y a consolidar la relación bilateral.
En materia hídrica, la administración federal reiteró que el suministro de agua a Estados Unidos se mantuvo conforme a lo dispuesto en el Tratado de Aguas de 1944, sin comprometer el abasto para la población mexicana ni las actividades agrícolas.
Como parte de esta estrategia, se impulsaron acciones de tecnificación y optimización del uso del agua en distritos de riego de Tamaulipas y Chihuahua, ubicados en la cuenca mexicana del río Bravo, con el fin de fortalecer la seguridad hídrica regional.
El gobierno federal recordó que el Tratado de 1944 permitió ajustar las entregas de agua en ciclos de cinco años ante escenarios de sequía extraordinaria, condición que se presentó durante el periodo 2020–2025 con afectaciones históricas en la cuenca.
Ante ese escenario, México conservó el derecho de reponer los volúmenes pendientes en un ciclo posterior que concluiría en octubre de 2030, conforme a los mecanismos previstos en el propio acuerdo internacional.
El 12 de diciembre ambos países acordaron la liberación de 249 Mm3 de agua disponible, derivada de las lluvias recientes, con base en la capacidad de infraestructura existente y sin exceder los volúmenes establecidos.
Finalmente, las autoridades informaron que se encontraba en elaboración un plan conjunto de entregas para el ciclo en curso, el cual sería definido de manera coordinada entre ambos gobiernos antes del 31 de enero de 2026.









