La Suprema Corte concluyó la revisión del paquete de recursos promovidos por Grupo Elektra al confirmar la improcedencia de los amparos que pretendían frenar el cobro de créditos fiscales acumulados, y el pleno definió una ruta jurídica que apuntaló las sentencias emitidas por tribunales colegiados, lo que habilitó al Servicio de Administración Tributaria para ejecutar adeudos cuyo monto principal supera 33 mil millones de pesos y que, al integrarse los demás expedientes, rebasan los 48 mil millones atribuidos al empresario Ricardo Salinas Pliego.
El ministro Arístides Guerrero García presentó el proyecto central de la sesión y planteó no admitir el amparo 6321/2024 con el cual Elektra intentaba detener el pago del crédito más elevado, y la votación unánime convirtió ese expediente en la pieza que abrió paso a la revisión de otros asuntos del mismo consorcio, ya que el pleno sostuvo que la sentencia del Tribunal Colegiado que ordenó cubrir el adeudo quedó firme y, por lo tanto, sin vías para continuar la disputa iniciada por la empresa en fases previas del litigio.
La discusión comenzó alrededor de las once de la mañana y avanzó con fallos consecutivos que alcanzaron los expedientes más antiguos, y en ese tramo fueron rechazados cuatro proyectos presentados por la ministra Yasmín Esquivel Mossa, donde se confirmó la improcedencia de amparos con obligaciones que superan dos mil millones de pesos del ejercicio fiscal dos mil ocho, lo que reforzó la tendencia del pleno a no modificar criterios frente a los argumentos expuestos por la representación jurídica de la compañía.
El análisis también abarcó el amparo directo en revisión 5608/2025, elaborado por la ministra María Estela Ríos González y vinculado con ISR, recargos y multas correspondientes a dos mil diez, y aunque el ministro Irving Espinosa sugirió declarar sin materia el asunto, la mayoría apoyó la improcedencia, lo que mantuvo la uniformidad de criterios frente a la estructura jurídica de los créditos reclamados y consolidó la línea que guio el resto de resoluciones en una sesión sin variaciones en la correlación de votos.
En otro punto de la orden del día, la Corte desechó el recurso de revisión del amparo directo 5145/2025, por mil 604 millones de pesos del ejercicio dos mil catorce, y esa decisión se integró al conjunto de fallos que cerraron la puerta a los últimos intentos de Elektra para frenar los cobros, por lo que al término de la jornada todos los expedientes quedaron sin materia pendiente en el máximo tribunal y bajo la jurisdicción administrativa del SAT.
Las empresas de Salinas Pliego solicitaron que las ministras Lenia Batres y Yasmín Esquivel fueran separadas de la discusión, pero el pleno desechó de inmediato la petición y mantuvo su integración completa para resolver los asuntos, lo que confirmó que no existían elementos procesales que justificaran una modificación en la composición del tribunal y permitió avanzar sin interrupciones hacia la votación definitiva.
Con la improcedencia decretada en todos los puntos, el SAT cuenta con autorización total para proceder con el cobro de los créditos fiscales del grupo, y la resolución representa para el empresario uno de los reveses más significativos en la secuencia de litigios que sostuvo con el Estado mexicano durante años, ya que los montos involucrados suman más de 48 mil millones de pesos cuando se integran todos los adeudos confirmados por sentencias firmes.










